domingo, 24 de septiembre de 2023

Uso Correcto Del RPBI

Uso Correcto Del RPBI

RPBI Es Todo Residuo 




Residuo generado a partir de una atención medica que contenga un agente biológico

infeccioso. Entonces que es un agente biológico-infeccioso: es cualquier microrganismo que pueda producir una enfermedad, por lo tanto, estos residuos no pueden ir a un basurero tradicional o un basurero municipal puesto que se provocarían más enfermedades por lo tanto la norma nos da 6 apartados que se tienen que seguir. 

NOM-087-ECOL-SSA1-2002, CLASIFICACION Y SUS ESPECIFICACIONES DE MANEJO

6 Apartados

  • Identificación de residuos
  • Envasado de residuos
  • Almacenamiento temporal
  • Recolección y transporte
  • Tratamiento
  • Disposición final    

Por otra parte, conforme a la Norma, los establecimientos generadores de residuos biológicos infecciosos son clasificados en los niveles siguientes según su tamaño y volúmenes de generación:

NIVEL I

NIVEL II

NIVEL III

Unidades hospitalarias de una a cinco camas e instituciones de investigación con excepción de los señalados en el Nivel III.

 

Unidades hospitalarias de seis hasta 60 camas.

 

Unidades hospitalarias de más de 60 camas.

Laboratorios clínicos y bancos de sangre que realicen análisis de una hasta 50 muestras al día.

Laboratorios clínicos y bancos de sangre que realicen análisis de 51 a 200 muestras al día.

Laboratorios clínicos y bancos de sangre que realicen análisis a más de 200 muestras al día.

 

Unidades hospitalarias psiquiátricas.

Establecimientos que generen de 25 a 100 kilogramos al mes de residuos peligrosos biológico infecciosos.

Establecimientos que generen más de 100 kilogramos al mes de residuos peligrosos biológico infecciosos.

Centros de toma de muestras para análisis clínicos.

Bioterios que se dediquen a la investigación con agentes biológico-infecciosos.

Centros de producción e investigación experimental en enfermedades infecciosas.

Tales establecimientos, de conformidad con la NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002, deben cumplir con una serie de disposiciones en materia de identificación, envasado, almacenamiento temporal (máximo 30 días para establecimientos del nivel I, 15 días para los de nivel II y 7 días para los de nivel III), recolección y transporte externo, tratamiento y disposición final de los residuos peligrosos biológico infecciosos autorizados por la SEMARNAT para el manejo de residuos peligrosos. Al respecto, cabe señalar que, una vez que estos residuos son tratados de forma que se garantice la eliminación de los agentes biológicos infecciosos que contengan, deberán hacerse irreconocibles, y solo entonces, podrán disponerse como residuos no peligrosos en sitios autorizados para el efecto.

La SEMARNAT en cooperación con la Secretaría de Salud, elaboraron la "Guía de Cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002". Contiene precisiones, aclaraciones y especificaciones en los procedimientos para el manejo de RPBI, con el fin de: facilitar el cumplimiento de la Norma dentro de los establecimientos generadores y de los prestadores de servicio a terceros; cumplir la legislación en materia de salud y medio ambiente, eliminar, reducir y controlar los riesgos al personal involucrado en el manejo de éstos, a la población en general y proteger el medio ambiente



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